CAP 2025
Preloader
img

Patricia Benavides: repuesta por la JNJ, suspendida por el Poder Judicial

El escenario jurídico e institucional en torno a la exfiscal de la Nación, Liz Patricia Benavides Vargas, se ha modificado drásticamente en menos de una semana. Tras la Resolución N.º 231-2025-JNJ que ordenó su reposición como fiscal suprema titular, el Poder Judicial ha dictado una medida cautelar que la suspende por 24 meses del ejercicio de cualquier función en el Ministerio Público.

¿Qué ocurrió?

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, a cargo del magistrado Juan Carlos Checkley, aprobó la solicitud del Ministerio Público —presentada por la fiscal de la Nación interina, Delia Espinoza— y ordenó la suspensión preventiva de Benavides por un plazo de 24 meses. La investigación preliminar que la involucra comprende los presuntos delitos de cohecho pasivo específico, abuso de autoridad y encubrimiento personal.

Si bien la fiscalía había solicitado inicialmente una suspensión de 36 meses, el juez consideró que dicho plazo resultaba desproporcionado, optando por una medida más equilibrada.

La decisión judicial anula en la práctica los efectos inmediatos de la reposición ordenada por la JNJ, ya que impide que Benavides ejerza funciones, firme actos o intervenga en la toma de decisiones dentro del Ministerio Público.

Implicancias institucionales

1. Colisión de competencias

La medida cautelar dictada por el Poder Judicial genera un conflicto directo con la posición de la JNJ, que había sostenido que la reposición debía ejecutarse de inmediato por haber sido emitida en el marco del principio de autotutela administrativa. Esto abre una interrogante crucial: ¿puede el Poder Judicial neutralizar una decisión administrativa ejecutable mientras se discute el fondo del asunto?

2. Protección del interés público

La fiscalía sustentó su solicitud afirmando que la permanencia de Benavides representaría un riesgo para la transparencia y el desarrollo de investigaciones delicadas, entre ellas, el caso "Cuellos Blancos del Puerto". El juez acogió esta argumentación como razonable en atención al principio de idoneidad y necesidad de la medida.

3. Delimitación del poder disciplinario

La medida también evidencia que la reposición administrativa no es absoluta si existe una decisión jurisdiccional válida que limita sus efectos. Esta situación fortalece la posición del control judicial como contrapeso del poder disciplinario administrativo.

Reacción de la JNJ

El abogado del presidente de la JNJ, Gino Ríos, el doctor Wilber Medina, declaró a medios nacionales que la decisión judicial es "ilegal e inconstitucional", argumentando que Benavides ni siquiera había retomado funciones desde su reposición. Sin embargo, reconoció que la resolución judicial debe cumplirse mientras no se revoque por la vía correspondiente.

El presente caso plantea una tensión no solo institucional, sino jurídica: la validez formal de una reposición puede coexistir con la inejecutabilidad práctica por mandato judicial. Asimismo, reafirma el rol del Poder Judicial en la protección de investigaciones penales y en la prevención de eventuales interferencias.

Cualquier eventual retorno de Patricia Benavides al Ministerio Público dependerá de los recursos legales que interponga y del avance del proceso penal en su contra. Mientras tanto, el sistema jurídico peruano enfrenta un desafío clave: armonizar el control administrativo y el control judicial, sin debilitar las competencias de ninguno.